Se
entenderá como programa/folleto aquel en el que se
encuentre incluida la oferta que haya dado origen al contrato
de viaje combinado.
La información sobre el programa/oferta contenida en
el programa/folleto es vinculante para el organizador o detallista,
salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que los cambios en dicha información se hayan
comunicado claramente por escrito al consumidor antes de
la celebración del contrato y tal posibilidad haya
sido objeto de expresa mención en el programa oferta.
b) Que se produzcan posteriormente modificaciones, previo
acuerdo por escrito entre las partes contratantes.
1. Regulación jurídica aplicable
y aceptación de las Condiciones Generales.
Las presentes Condiciones Generales están sujetas
a lo dispuesto en la Ley 21/1995, de 6 de julio, de Viajes
Combinados y demás disposiciones vigentes. Éstas
se incorporarán a todos los contratos de viajes combinados
cuyo objeto sean los programas/oferta contenidos en el programa/folleto
y obligan a las partes, con las condiciones particulares
que se pacten en el contrato.
2. Organización.
La organización de este viaje combinado ha sido realizada
por Mundos, Viajes y Turismo, S.A. C.I.F. A-80719651, con
domicilio en C/ Rey Francisco, 9. 28008 Madrid, y CICMA
673.
3. El precio del Viaje Combinado incluye.
Las tasas o impuestos de los establecimientos hoteleros
y los impuestos indirectos –I.V.A., I.G.I.C.), etc.-,
cuando sean aplicables, y todo lo especificado en el apartado
“el precio incluye” de cada viaje.
Revisión de precios. El precio del viaje combinado
ha sido calculado en base a los tipos de cambio, tarifas
de transporte, coste del carburante y tasas e impuestos
aplicables en la fecha de edición del programa/folleto.
Cualquier variación del precio de los citados elementos
podrá dar lugar a la revisión del precio final
del viaje, tanto al alza como a la baja. Estas variaciones
serán notificadas al consumidor, pudiendo, cuando
la modificación efectuada sea significativa, desistir
del viaje, sin penalización alguna, o aceptar la
modificación del contrato.
En ningún caso, se revisará al alza en los
veinte días anteriores a la fecha de salida del viaje,
respecto de solicitudes ya realizadas.
Ofertas especiales. Cuando se realice la contratación
del viaje combinado como consecuencia de ofertas especiales,
los servicios comprendidos en el precio son únicamente
aquellos que se especifican detalladamente en la oferta.
Exclusiones. El precio del Viaje Combinado no incluye visados,
tasas de aeropuerto, “extras”, propinas y cualquier
otro servicio que no figure expresamente en el apartado
“el precio incluye”.
En el caso de excursiones o visitas facultativas no contratadas
en origen, debe tenerse en cuenta que no forman parte del
contrato de viaje combinado. El precio está indicado
con carácter “estimado” y podrán
producirse variaciones.
4. Forma de pago. Inscripciones y reembolsos.
En el acto de la inscripción se requerirá
un depósito no superior al 40% del importe total
del viaje, no considerándose ninguna plaza comprometida
en firme mientras no se efectúe dicho depósito.
El importe restante deberá abonarse contra la entrega
de los bonos o documentación del viaje, que deberá
realizarse al menos siete días antes de la fecha
de la salida.
Todos los reembolsos que sean procedentes por cualquier
concepto, se formalizarán siempre a través
de la Agencia Detallista, no efectuándose devolución
alguna por servicios no utilizados voluntariamente por el
consumidor.
5.Nota importante sobre entradas.
Dadas las especiales características de este producto
en lo referente a las entradas a eventos musicales, informamos
a los señores clientes que para la Agencia organizadora,
la mayoría de las entradas tienen sobre el valor
facial (impreso) un recargo en concepto de patrocinio, reserva
anticipada, etc. Este recargo depende de las condiciones
que establece cada teatro o festival. Por ello, el precio
de las entradas generalmente no se corresponde con el importe
impreso, pudiendo este variar incluso en la misma sala dependiendo
de las fechas o títulos a representar. Las entradas
que se confirmen al cliente pueden ser de diferente categoría
a las anunciadas en este folleto. Si este supuesto se produce
antes de la salida del viaje, el cliente será debidamente
informado en el momento de efectuar su reserva (si ya se
conoce este cambio) o en el plazo de tiempo más breve
posible, y tendrá la opción de aceptarlas,
aplicando la diferencia de precio que corresponda, o de
rechazarlas sin gasto alguno por este concepto. Si este
supuesto se diera una vez abonada la totalidad del viaje
o en el transcurso del mismo, el cliente podrá optar
por la aceptación o no de la entrada ofertada. En
caso afirmativo deberá abonar la diferencia si se
trata de una entrada de mejor categoría, o recibirá
un abono si es de menor categoría. En caso negativo,
recibirá un reembolso por la totalidad pagada en
ese concepto, pero sin derecho a ningún otro tipo
de indemnización o pago.
6. Servicios suplementarios.
Cuando los usuarios soliciten, previo pago correspondiente,
servicios suplementarios que no les puedan ser confirmados
definitivamente por la Agencia Organizadora y éstos
no puedan ser facilitados, la Agencia Organizadora no contraerá
más responsabilidad que la de reembolsar el importe
pagado por tales servicios, que el usuario recibirá
al final del viaje a través de la Agencia Detallista.
7.Equipajes y seguro.
Equipajes y demás enseres personales del usuario
no son objeto del contrato del viaje combinado. Todos nuestros
viajes llevan incluido un seguro de asistencia en viaje,
si lo desea solicítenos información de las
coberturas, y de la contratación de otros seguros
opcionales.
8. Desistimiento del Consumidor, cesiones y cancelación
del viaje por no alcanzar el número de personas inscritas
el mínimo previsto.
En todo momento el usuario o consumidor puede desistir de
los servicios solicitados o contratados, teniendo derecho
a la devolución de las cantidades que hubiera abonado,
pero deberá indemnizar a la Agencia por los conceptos:
-En el caso de servicios sueltos: la totalidad de los gastos
de gestión, más los gastos de anulación,
si se hubieran producido estos últimos.
-En el caso de viajes combinados y salvo que el desistimiento
se produzca por causa de fuerza mayor: los gastos de gestión
más los gastos de anulación, si los hubiere;
una penalización, consistente en el 5% del total
del viaje si el desistimiento se produce con más
de diez días y menos de quince de antelación
a la fecha de comienzo del viaje, del 15% entre los días
3 y 10, y el 25% dentro de las cuarenta y ocho horas anteriores
a la salida. De no presentarse a la hora prevista para la
salida, no tendrá derecho a devolución alguna.
Los viajes contenidos en este folleto están sometidos
a tarifas especiales de hoteles y transporte y sujetos a
las condiciones particulares de contratación de las
entradas. Por tanto todas las entradas a eventos musicales,
una vez solicitadas, tendrán unos gastos del 100%
en caso de desistimiento por parte del consumidor, independientemente
del tiempo que diste para la prestación del mencionado
servicio.
-El consumidor podrá ceder su reserva a una tercera
persona, solicitándolo por escrito con quince días
de antelación a la fecha de inicio del viaje. El
cesionario tendrá que reunir los mismos requisitos
que tenía el cedente. Cuando por el tipo de tarifa
o características propias del medio de transporte
a utilizar hagan del todo imposible la cesión, ésta
no podrá ser llevada a efecto.
-Cuando no se alcance el mínimo de participantes
9. Alteraciones.
Cualquier imposibilidad de prestación de los servicios
o alteración de los elementos del mismo (incluido
el precio), puesta de manifiesto por la Agencia Organizadora
a través del Detallista, al usuario antes del perfeccionamiento
del contrato, no podrá justificar una solicitud de
indemnización a la Agencia por parte del consumidor
por incumplimiento del contrato, puesto que éste
aún no se ha perfeccionado, enmarcándose dicha
modificación del programa/folleto dentro del natural
proceso de negociación del contrato.
Si los traslados/asistencia en la ciudad de destino, incluidos
en la oferta, no se cumpliesen, fundamentalmente por causas
ajenas al transferista y no imputables al Organizador, éste
reembolsará únicamente el importe del transporte
alternativo utilizado por el cliente en el desplazamiento,
previa presentación del recibo o factura correspondiente.
10. Obligación del consumidor de comunicar
todo incumplimiento en la ejecución del contrato.
El consumidor está obligado a comunicar todo incumplimiento
en la ejecución del contrato por escrito o en cualquier
otra forma en que quede constancia.
En el caso de que las soluciones arbitradas por la Agencia
–Organizador o Detallista- no sean satisfactorias
para el consumidor, éste dispondrá del plazo
de un mes para reclamar ante la Agencia detallista o el
organizador, siempre a través de aquella. La Agencia
detallista o el organizador dispondrán de cuarenta
y cinco días naturales para dar respuesta a la reclamación,
plazo que comenzará a contarse a partir del día
siguiente a la presentación de la reclamación
ante la Agencia Detallista.
11. Prescripción de acciones.
No obstante lo dispuesto en el apartado precedente, el plazo
de prescripción de las acciones derivadas de los
derechos reconocidos en la Ley 21/95, de 6 de julio, reguladora
de los Viajes Combinados será de dos años,
según queda establecido en el Artículo 13
de la citada Ley.
12. Responsabilidad.
A título enunciativo, el Organizador manifiesta que
asume las funciones de organización y ejecución
del viaje.
El Organizador y el Detallista del viaje combinado responderán
de los daños sufridos por el consumidor como consecuencia
de la no ejecución o ejecución deficiente
del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando
concurra alguna de estas circunstancias: que los defectos
en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor;
que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al
suministro de las prestaciones previstas en el contrato
y revistan un carácter imprevisible o insuperable;
que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor
cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a
pesar de haber actuado con la diligencia debida.
En cuanto al límite del resarcimiento por los daños
que resulten del incumplimiento o de la mala ejecución
de las prestaciones incluidas en el viaje combinado, se
estará a lo dispuesto en los Convenios Internacionales
sobre la materia. En ningún caso la Agencia se responsabiliza
de los gastos de alojamiento, manutención, transportes
y otros que se originen a consecuencia de retrasos en salidas
o regresos de medios de transporte por causas meteorológicas,
técnicas, huelgas u otras de fuerza mayor.
13. Pasaportes, visados y documentación.
Todos los usuarios, sin excepción, deberán
llevar en regla su documentación personal y familiar
correspondiente según las leyes del país o
países que se visitan. Será por cuenta de
los mismos la obtención de visados, pasaportes, etc.